Fondo para la internacionalización de la Empresa (FIEM)

  1. NOMBRE: FONDO PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA (FIEM)
  2. OBJETO: Financiación reembolsable para fomentar la internacionalización de la empresa española, facilitando su entrada en nuevos mercados o posicionándola en mercados clave para la política comercial española, otorgando para ello a estas empresas la financiación que no encuentran en los mercados financieros para sus proyectos
  3. ÁMBITO GEOGRÁFICO: España
  4. ORGANISMO QUE FINANCIA: SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
  5. PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN%: Financiación comercial (CIRR + prima equivalente CESCE)

Plazos máximos Plazos máximos 8,5 años para países avanzados, 10 resto. Plazos superiores para determinados sectores.

Para operaciones en términos comerciales se podrá́ financiar con apoyo oficial (FIEM con otras Agencias de Crédito a la Exportación OCDE) como máximo un 85% de los bienes y servicios exportados, al que se añadirá́ el gasto local financiado. Este no podrá́ sobrepasar el 30% de los bienes y servicios exportados.

Para operaciones en términos concesionales se podrá́ financiar hasta el 100% del valor de los bienes y servicios españoles. En concepto de material extranjero y gasto local conjuntamente considerados se podrá financiar un porcentaje superior al 50 % de los bienes y servicios exportados. No obstante dicho porcentaje podrá́ ser limitado en beneficio de la inclusión de bienes y servicios españoles

  1. IMPORTE: La Normativa del FIEM no establece una limitación máxima ni mínima salvo el limite presupuestario de aprobaciones que se impone anualmente.

No obstante, por razones de gestión fundamentalmente con el deudor extranjero, en la practica, solicitudes de pocos millones de euros no son, normalmente, priorizadas.

  1. PERIODO DE SOLICITUD: abierta
  2. PERIODO DE EJECUCIÓN: No hay regulación
  3. DESCRIPCIÓN:
    1. Financiación reembolsable en términos comerciales para operaciones de exportación, suministro o llave en mano ejecutadas por empresas españolas en el extranjero, ofrecida como crédito al comprador extranjero y complementando siempre otra financiación.
    2. Financiación reembolsable para operaciones de inversión en el extranjero por parte de empresas españolas, tanto corporativa (riesgo balance) como de tipo project finance (riesgo proyecto).
  • Línea de financiación, de carácter reembolsable, destinada a financiar la exportación de servicios, fundamentalmente la contratación de Estudios de Viabilidad, Asistencias Técnicas, Ingenierías y Consultorías, por entidades extranjeras con empresas españolas.
  1. Financiación reembolsable en condiciones concesionales para operaciones de exportación, suministro o llave en mano ejecutadas por empresas españolas en el extranjero, otorgada a proyectos comercialmente no viables en países elegibles para recibir ayuda ligada (países de renta media-baja o inferior según el Banco Mundial) que deben contar con garantía soberana.
  1. INFORMACIÓN ADICIONAL:
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