SEGMENTO I (EMPRESAS Y AUTÓNOMOS CON UNA MEDIA DE 10 A 50 EMPLEADOS)

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¿Periodo de presentación de solicitudes?

El plazo de solicitudes para el Segmento I (empresas de 10 a 49 empleados) comenzó el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas y finalizará el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas.

¿Qué es el Programa Kit Digital?

El Gobierno de España a través de los fondos Next Generation a publicado el plan de digitalización de pymes 2021-2025, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un mayor nivel de digitalización de las empresas y autónomos en España. Una de las líneas de actuación es el Kit Digital que contempla un bono digital para que las empresas puedan contratar soluciones tecnológicas.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Microempresas y trabajadores autónomos: Con una media de empleados en el último año natural (actualmente 2021) igual a 10 e inferior a 50.

Pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos: Con una media de empleados en los últimos 12 meses (previo a la solicitud) igual o superior a 0 e inferior a 3 trabajadores (sumando autónomos societarios o autónomos colaboradores).

Dentro de microempresas y trabajadores autónomos, han de tener la siguiente personalidad jurídica:

  • Personas en situación de autoempleo.
  • Sociedades anónimas.
  • Sociedades de responsabilidad limitada.
  • Sociedades colectivas.
  • Sociedades comanditarias.
  • Sociedades cooperativas.
  • Asociaciones.
  • Otros tipos no definidos en el resto de las claves.

¿Qué requisitos son necesarios?

Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Estar al corriente con la Agencia Tributaria.
No estar incurso en crisis.
Realizar la actividad con una antigüedad mínima de 6 meses, previo a la solicitud de la subvención.
Tener personalidad jurídica propia.

¿Cuál es el importe máximo de subvención?

Empresas de entre 10 a 49 empleados: Se podrán formalizar los Acuerdos de Prestación con un bono de 12.000,00 € excluido el IVA.

¿Qué proyectos son subvencionables?

presencia - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Sitio web: 2.000€

venta - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Comercio electrónico: 2.000€

gestion - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Gestión de redes sociales: 2.500€

clientes 1 1 - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Gestión de clientes y/o proveedores: 4.000€

mydiv - KIT DIGITAL SEGMENTO I

BI y analítica: 4.000 €

oficina - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Servicios de oficina virtual: 12.000€

ciberseguridad - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Gestión de procesos: 6.000€

factura - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Factura electrónica: 1.000€

coms - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Comunicaciones seguras: 6.000€

automatizacion - KIT DIGITAL SEGMENTO I

Ciberseguridad: 6.000€

Las empresas beneficiarias podrán contratar a un proveedor y pagar con el cheque que les entregue la administración, podrán elegir alguna o varias de las herramientas anteriores. El precio máximo por herramienta es el indicado. El IVA no se subvenciona y tendrá que ser abonado por el beneficiario.

¿Quiénes pueden realizar los proyectos subvencionables?

Los servicios digitales podrán ser prestados por aquellas empresas que estén homologadas como Agentes Digitalizadores. El listado de empresas homologadas no se conocerá hasta febrero de 2022.

¿Cómo presentar la solicitud?

Cumplimente el breve formulario adjunto al final de esta página y nos pondremos en contacto con usted por email.

¿Cuál es la información oficial publicada en el BOE?

FACTORYDEA TE AYUDARA CON:

  • Realización del autodiagnóstico previo a través de la plataforma Acelera Pyme.
  • Generación y supervisión de la documentación necesaria para la ayuda.
  • Redacción y supervisión del proyecto, tanto en materia técnica como administrativa, orientándolo a la maximización de la puntuación necesaria para la consecución de la ayuda.
  • Proceso integral de justificación y acompañamiento hasta el cobro total de la ayuda.
  • Asesoría individualizada para maximizar el importe subvencionado.
  • Auditoría técnica y contable para cumplir de forma total con el objetivo del proyecto y con la adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
  • Intermediación con la administración pública financiadora.

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