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Objetivo subvenciones autoconsumo
Programas de incentivos para implantar, por un lado, instalaciones de autoconsumo y almacenamiento mediante fuentes de energía renovables en diversos sectores (solar fotovoltaica y eólica), y, por otro, sistemas térmicos renovables (biomasa, aerotermia, geotermia, termosolar). energía), en el sector residencial, y sólo en viviendas de titularidad pública y en el tercer sector, divididos de la siguiente manera:
Actuaciones incentivables:
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólicas o fotovoltaicas), en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólicas o fotovoltaicas), en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (solo serán consideradas elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles).
Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólicas o fotovoltaicas), en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (entidades privadas sin ánimo de lucro), con o sin almacenamiento. Estos beneficiarios deberán consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada con la instalación fotovoltaica o eólica.
La potencia máxima a incentivar en las instalaciones de autoconsumo eólicas o fotovoltaicas de los Programas 1, 2 y 4 será hasta 5.000 kW.
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (solo serán consideradas elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles).
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial destinadas a la climatización y agua caliente sanitaria. Se incluyen las tecnologías solar térmica, geotérmica, hidrotérmica, aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) y biomasa.
Las instalaciones de biomasa que se incentivan (insertables, estufas, termoestufas y calderas) deben cumplir la normativa de ecodiseño y utilizar biocombustibles certificados bajo normas de calidad (pélets, astilla, leña, hueso de aceituna y cáscara de frutos secos) debiendo lograrse una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80%. Para el caso concreto de la leña, sólo podrá utilizarse en municipios menores de 50.000 habitantes.
Cuantía de las ayudas para autoconsumo
Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, las ayudas se calcularán como un porcentaje sobre el total de costes subvencionables. Para los programas de incentivos autoconsumo 4, 5 y 6, dirigidas al sector residencial, las administraciones públicas y las entidades sin ánimo de lucro, las ayudas se rigen por valores fijos (denominados “módulos”) que cubrirán parcialmente los costes subvencionables.
Las ayudas establecidas se especifican en el Anexo II del Real Decreto 477/2021. En resumen, los valores de ayudas establecidos son los siguientes:
Gran empresa | Mediana empresa | Pequeña empresa | |
---|---|---|---|
Programa 1 y 2 Instalación autoconsumo | 15 % – 30 % | 25 % – 40 % | 35 % – 50 % |
Programa 1, 2 y 3 Instalación almacenamiento | 45 % | 55 % | 65 % |
Porcentaje ayuda sobre coste subvencionable
El sector servicios y otros sectores productivos contarán con incentivos para instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica y eólica que oscilan entre el 15% y el 50% en función de la tecnología, del tamaño de la empresa y de la potencia de la instalación.
Si estos proyectos llevan asociado almacenamiento, las ayudas para este equipo se situarán entre el 45% y el 65% de la inversión que se realice, según el tamaño de la empresa. Estos incentivos también se pueden solicitar para instalaciones de autoconsumo ya existentes.
Programa 4 | Sector residencial | Administraciones públicas y tercer sector |
---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo | 300 – 600 €/kWp | 500 – 1.000 €/kWp |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo colectivo | 355 – 710 €/kWp | 555 – 1.110 €/kWp |
Instalación eólica autoconsumo | 650 – 2.900 €/kW | 1.150 – 4.100 €/kW |
Instalación eólica autoconsumo colectivo | 775 – 3.350 €/kW | 1.275 – 4.550 €/kW |
Programa 4 y 5 | Sector residencial | Administraciones públicas y tercer sector |
Instalación almacenamiento | 140 – 490 €/kWh | 140 – 490 €/kWh |
La incorporación de almacenamiento se incentiva entre 140 y 490 €/kWh, dependiendo de la capacidad de almacenamiento, tanto para nuevas instalaciones de autoconsumo como para las ya existentes.
Los Programas 1, 2 y 4 incluyen ayudas adicionales para la retirada de amianto en cubiertas e instalación de marquesinas para proyectos solar fotovoltaicos.
Los Programas 1, 2, 4 y 5 establecen ayudas adicionales para instalaciones situadas en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos urbanos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes, incluidos en los objetivos de la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico.
Programa 6 | Sector residencial | Viviendas de propiedad pública y tercer sector (*) |
---|---|---|
Instalaciones aerotérmicas | 500 €/kW (3.000 €/vivienda) | 650 €/kW (3.900 €/vivienda) |
Instalación Solar Térmica | 450 – 900 €/kW (550 – 1.800 €/vivienda) | 650 – 950 €/kW (820 – 1.850 €/vivienda) |
Biomasa | 250 €/kW (2.500 – 3.000 €/vivienda) | 350 €/kW (3.500 – 4.200 €/vivienda) |
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas | 1.600 – 2.250 €/kW (9.000 – 13.500 €/vivienda) | 1.700 – 2.250 €/kW (9.550 – 13.500 €/vivienda) |
(*) Tercer sector: entidades privadas sin ánimo de lucro
El Programa 6 incluye ayudas adicionales para nuevas distribuciones interiores de climatización y circuitos hidráulicos, así como el desmantelamiento de instalaciones existentes.
Beneficiarios de las ayudas por programas
PROGRAMAS | |||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | ||
Ejercen actividad económica | Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas (*) | 1 | 2 | 3 | |||
Empresas de servicios energéticos (ESEs), | 1 | 2 | 3 | ||||
Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía | 1 | 2 | 3 | ||||
Entidades locales y el sector público institucional | 1 | 2 | 3 | ||||
Personas físicas | 4 | 5 | 6 | ||||
No ejercen actividad económica | Personas físicas | 4 | 5 | 6 | |||
Entidades locales y el sector público institucional |
| 4 | 5 | 6 | |||
Personas jurídicas | 4 | 5 | |||||
Comunidades de propietarios | 4 | 5 | 6 | ||||
Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía |
| 4 | 5 | ||||
Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales | 6 |
(*) Se incluyen: gestores de polígonos industriales, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
NORMATIVA OFICIAL
FACTORYDEA PUEDE AYUDARTE CON:
- Proceso integral de solicitud, justificación y acompañamiento hasta el cobro total de la ayuda.
- Asesoría individualizada para obtener el máximo de la cuantía subvencionada.
- Intermediación con la Administración.