Nuevas Ayudas LEADER: El motor del desarrollo rural 2023-2027

Nuevas ayudas LEADER 2023-2027, según la Orden de 3 de febrero de 2026 publicada en el BOJA. En los próximos meses, la Dirección General de Industria, Innovación y Cadena Agroalimentaria publicará las correspondientes convocatorias de ayudas de cada Grupo de Desarrollo Rural, momento que marcará la ‘apertura de ventanilla’ para poder registrar las solicitudes

BENEFICIARIOS

Pueden solicitar estas ayudas tanto personas físicas como jurídicas, ya sean públicas o privadas:

  • Autónomos y emprendedores: Personas físicas que ya sean autónomas o se comprometan a serlo en un plazo de tres meses tras la concesión.
  • Empresas y PYMES: Siempre que cumplan la definición de PYME.
  • Entidades Públicas y Sin Ánimo de Lucro: Ayuntamientos, organismos públicos, asociaciones y fundaciones.
  • Otros: Comunidades de bienes, sociedades civiles y los propios Grupos de Desarrollo Rural (GDR) para proyectos específicos.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES


Las ayudas se dividen en cuatro líneas principales de actuación:

  • Línea 1. Desarrollo del sector agrario y forestal: Modernización de explotaciones, industrias agroalimentarias y servicios vinculados.
  • Línea 2. Diversificación de la economía rural: Creación y mejora de empresas no agrarias, incluyendo turismo, servicios y nuevas actividades económicas mediante planes empresariales.
  • Línea 3. Conservación y mejora de la calidad de vida: Protección del patrimonio rural (histórico, cultural, natural), servicios básicos para la población y desarrollo sostenible.
  • Línea 4. Proyectos propios de los GDR: Iniciativas de capacitación, información y fomento del desarrollo local lideradas por los Grupos de Desarrollo Rural.

GASTOS SUBVENCIONABLES


Se pueden subvencionar inversiones y costes necesarios para la ejecución del proyecto:

  • Inmuebles: Construcción, adquisición (con límites) o mejora de bienes inmuebles.
  • Maquinaria y Equipamiento: Compra de maquinaria nueva y bienes muebles con durabilidad superior a 3 años.
  • Gastos generales: Honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores, estudios de viabilidad y licencias.
  • Inversiones intangibles: Software, aplicaciones en la nube, patentes y marcas.
  • Gastos de personal: Costes derivados de la creación de nuevos puestos de trabajo vinculados directamente al proyecto.

REQUISITOS


Para optar a la ayuda, los proyectos deben cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Viabilidad: El proyecto debe ser técnica, económica y financieramente viable.
  • Localización: La actuación debe realizarse o repercutir directamente en el beneficio de una Zona Rural LEADER de Andalucía.
  • No inicio previo: No se pueden solicitar ayudas para inversiones ya finalizadas o ejecutadas íntegramente antes de presentar la solicitud.
  • Cuantía mínima: La ayuda mínima solicitada debe ser de 3.000 euros.
  • Mantenimiento: Compromiso de mantener la inversión o la actividad durante al menos 5 años (3 años para PYMES) tras el pago final.

PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS DE SOLICITUD


  • Plazos: Los plazos específicos de presentación se establecerán en las convocatorias que publique cada Grupo de Desarrollo Rural (GDR).
  • Régimen de concesión: Se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada hasta agotar fondos), siempre que se cumplan los requisitos y se alcance la puntuación mínima exigida.
  • Forma de presentación: La solicitud se realizará preferentemente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Junta de Andalucía.

NORMATIVA APLICABLE


Orden de 3 de febrero de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER de los Grupos de Desarrollo Rural, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (Intervención 7119.2).

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