Kit Digital 2026: qué es oficial, qué se espera y cómo lo tramitamos por ti
Bonos de 3.000 € para autónomos y microempresas y de hasta 29.000 € para medianas empresas, según tu plantilla. Comprobamos tu segmento, presentamos la solicitud, gestionamos el bono y lo justificamos hasta el final.
No adelantas la ayuda: el bono paga la solución y nuestro trabajo. Tú solo abonas el IVA de la factura, como marca la norma.
Página revisada por Ángel Miguel Fernández, consultor senior en subvenciones. Actualizada el 6 de septiembre de 2026.
Qué es oficial y qué no, a día de hoy
Última comprobación: 6 de septiembre de 2026. Cuando cambie, esta sección cambia el mismo día.
Si ya tienes un bono concedido, esta página también es para ti: plazos de justificación, ratificación y caducidad, más abajo, en las preguntas frecuentes.
Cuánto te corresponde según tu plantilla
Importe máximo del bono digital por segmento, según el artículo 18.2 de la Orden ETD/1498/2021 en su redacción vigente.
La plantilla se cuenta como plantilla media del año anterior. El importe es el máximo del bono; cada solución tiene su propio tope dentro de él. Los importes son de la última convocatoria; si la nueva los cambia, se actualizan aquí.
¿Puedo ser beneficiario?
Kit Digital no mira el sector: mira el tamaño de la empresa y que esté en regla. Estos son los requisitos del artículo 8 de las bases.
Si buscas una ayuda para comprar un ordenador como particular, esta no es para ti: el bono es solo para empresas y autónomos. Si tienes un negocio, aunque seas tú solo, sí.
¿Qué puedes financiar con el bono?
Las quince categorías de soluciones del Anexo IV de las bases, agrupadas por lo que resuelven en tu negocio.
Presencia y ventas
- Sitio web y presencia básica en internet.
- Comercio electrónico: tienda online con catálogo y pagos.
- Gestión de redes sociales.
- Presencia avanzada en internet: posicionamiento y analítica.
Gestión y seguridad
- Gestión de clientes, con o sin inteligencia artificial.
- Gestión de procesos: ERP, con o sin inteligencia artificial.
- Factura electrónica.
- Inteligencia de negocio y analítica.
- Oficina virtual y comunicaciones seguras.
- Ciberseguridad y ciberseguridad gestionada.
Puesto de trabajo seguro
- Ordenador nuevo, portátil o de sobremesa, con cifrado y seguridad de serie.
- Hasta 1.000 € por dispositivo, solo para el segmento III.
- Requisitos técnicos mínimos fijados por la Orden TDF/240/2025.
- Ver los modelos que entregamos
¿Cómo trabajamos en Factorydea?
Un proceso integral diseñado para que tú no pierdas ni un minuto de tu tiempo.
Comprobamos
Tu segmento, tus requisitos y el importe que te corresponde, sin compromiso.
Preparamos
Test de madurez digital, documentación y autorización de representación, listos antes de que abra.
Presentamos
Solicitud del bono el día de la apertura y firma del acuerdo de prestación como tu representante.
Implantamos y justificamos
La solución en marcha, la primera fase justificada y la segunda al cumplir los doce meses de servicio.
Tú solo pagas el IVA
El bono cubre la solución y nuestro trabajo. Te quedas con la herramienta y con el soporte.
Registro de expedientes desde 2015 · datos a 6 de septiembre de 2026. Solo en esta línea: 23.285 expedientes de Kit Digital desde 2022.
Preguntas frecuentes
Las que nos hacen quienes quieren el bono y las que nos hacen quienes ya lo tienen.
¿Está abierto el Kit Digital ahora mismo?
No. A día de hoy no hay convocatoria abierta: el portal Acelera Pyme de Red.es indica que las convocatorias han finalizado. El programa sigue vigente hasta agotar los fondos, así que se espera una nueva convocatoria, pero sin fecha publicada. Déjanos tus datos y te avisamos el día que salga en el BOE.
¿Cuándo vuelve el Kit Digital?
No hay fecha oficial. La Orden TDF/39/2026 obliga a Red.es a reinvertir el remanente del programa, incluso después de 2026, y eso es lo que sostiene la expectativa de reapertura. Lo único que cuenta es la publicación en el BOE y en la sede de Red.es; cualquier fecha que leas antes es una previsión.
¿Tengo que adelantar el dinero?
No. El bono digital se cede al agente digitalizador, que es quien cobra de Red.es. Tú abonas únicamente el IVA de la factura de la solución, porque la ayuda no cubre impuestos. La tramitación no tiene coste para ti.
¿Cuánto me corresponde?
Depende de tu plantilla: 3.000 € con menos de 3 empleados (segmento III), 6.000 € de 3 a 9 (II), 12.000 € de 10 a 49 (I), 25.000 € de 50 a 99 (IV) y 29.000 € de 100 a 249 (V). Son los importes máximos del artículo 18.2 de las bases; cada solución tiene su propio tope dentro del bono.
Ya tengo un bono concedido y no lo he usado. ¿Caduca?
Sí. Desde la concesión hay un plazo de seis meses para firmar acuerdos de prestación de servicios con un agente digitalizador. Si en ese plazo no se firma ninguno, el bono se pierde entero. Si tienes uno concedido y no sabes en qué fecha estás, escríbenos: lo miramos en un día.
Tengo expedientes de Kit Digital sin justificar. ¿Qué plazo tengo?
Cada acuerdo se justifica en dos fases: la primera al implantar la solución, que libera el 70 % del importe, y la segunda al cumplir los doce meses de prestación del servicio, que libera el 30 % restante. Los plazos concretos cuentan desde la validación del acuerdo y desde la factura, y están en tu acuerdo. Si la segunda fase no se justifica, Red.es puede reclamar al beneficiario lo ya pagado. Con más de 23.000 acuerdos tramitados, sabemos exactamente qué mirar: dinos el número de acuerdo y te decimos la fecha límite.
¿Qué es la ratificación de la representación y por qué me la piden?
Cuando un representante voluntario presenta o gestiona tu expediente, Red.es puede pedirte que ratifiques esa representación, sobre todo si el representante ha cambiado. No es un trámite menor: sin ratificación el expediente puede acabar en reintegro. Si te ha llegado un requerimiento de este tipo, es urgente, y te lo resolvemos.
Me ha contactado una empresa diciendo que es mi agente o que llama de Red.es. ¿Es normal?
Es una práctica real y denunciable: hay empresas que sacan los datos de los beneficiarios de la base de datos pública de subvenciones y contactan en masa haciéndose pasar por el agente o por la administración. No firmes acuerdos ni pagues ningún IVA a quien no sea tu agente, consulta con tu representante antes de responder y, si te han engañado, se denuncia ante la Agencia de Protección de Datos.
¿Quieres llegar a la apertura con la solicitud ya preparada?
Déjanos tus datos. Un consultor revisará tu caso sin coste y te dirá: