PLAZO DE SOLICITUDES:
PENDIENTE DE PRÓXIMA CONVOCATORIA
OBJETO:
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme)andaluzas y a empresas de trabajo autónomo, con el fin de fomentar el desarrollo de la Economía Digital mediante la implantación de TIC y el acceso a servicios de apoyo avanzados, favoreciendo la competitividad y la calidad de la oferta en el destino.
BENEFICIARIOS:
- Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) y empresas de trabajo autónomo andaluzas.
Quedan expresamente excluidas de esta Orden las agrupaciones de personas físicas.
REQUISITOS:
Podrán solicitar la subvención las pymes y las empresas de trabajo autónomo que reúnan los siguientes requisitos:
- Que tengan establecimiento en funcionamiento en alguno de los destinos turísticos maduros del litoral andaluz.
- Que la actividad subvencionada se desarrolle en destinos turísticos maduros del litoral andaluz.
- Que se encuentren inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía y dediquen su actividad a la prestación de alguno de los siguientes servicios turísticos:
- Alojamiento turístico, conforme a los tipos de establecimientos de alojamiento turístico establecidos en el artículo 40 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía:
- Establecimientos hoteleros.
- Apartamentos turísticos.
- Campamentos de turismo o campings.
- Casas rurales.
- Cualquier otro que se establezca reglamentariamente.
- La intermediación, consistente en la organización o comercialización de viajes combinados.
- La información turística y los servicios de información prestados por guías de turismo.
- La organización de actividades de turismo activo.
- Las actividades dirigidas a la organización de congresos, convenciones u otro tipo de eventos vinculados a la actividad empresarial.
Tendrán la consideración de «destino turístico maduro del litoral andaluz» los siguientes municipios, clasificados por provincias:
- Almería: Carboneras, Cuevas del Almanzora, Énix, Garrucha, Mojácar, Pulpí, Roquetas de Mar y Vera.
- Cádiz: Barbate, Chiclana de la Frontera, Chipiona, Conil de la Frontera, El Puerto de Santa María, Rota, San Fernando, San Roque y Tarifa.
- Granada: Almuñécar, Motril y Salobreña.
- Huelva: Almonte, Ayamonte, Isla Cristina, Lepe y Punta Umbría.
- Málaga: Benalmádena, Estepona, Fuengirola, Mijas, Nerja, Rincón de la Victoria, Torremolinos y Torrox.
CUANTÍA SUBVENCIONABLE:
En anteriores convocatorias el porcentaje de financiación ha sido hasta el 100%, siendo 40.000 € la cuantía máxima de la subvención.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
Serán objeto de subvención los conceptos que se engloben en alguno de los apartados que se relacionan a continuación:
- Implantación de nuevas tecnologías TIC que posibiliten la creación de plataformas de comercialización y centrales de compra, o la integración en plataformas ya existentes.
- Implantación de nuevas tecnologías TIC que potencien la comercialización electrónica de productos y servicios turísticos.
- Actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual.
- Desarrollo de servicios tecnológicos innovadores, tales como, implementación de software y hardware de gestión avanzada, infraestructura de redes y tecnologías que ayuden a la optimización de procesos, acceso a servicios en remoto y a bases de datos, creación de contenido optimizado para el ámbito digital (como vídeos o imágenes en 360º) y similares.
- Implementación de productos turísticos basados en la innovación tecnológica, tales como, realidad aumentada aplicada a la interpretación de los recursos culturales y naturales, nuevas formas de información turística, aplicación de los recursos tecnológicos avanzados a la comunicación turística, servicios de guías turísticos a través de gafas inteligentes y similares.
No es posible presentar más de una solicitud.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC).
- Adquisición y tratamiento de software.
- Adquisición de equipos o dispositivos electrónicos destinados a la oferta de productos y servicios turísticos innovadores.
- La prestación de asesoramiento o de servicios avanzados para la realización de actividades directamente relacionadas con la implantación de nuevas tecnologías TIC, siempre que tengan por objetivo el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la Pyme. Estos servicios serán prestados por consultorías externas, y no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.