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Esta abierto el plazo de Justificación de las ayudas para el «Programa de Fomento de la Oferta de Soluciones de Computación en la Nube para Pequeñas y Medianas Empresas», Si necesitas Ayudas contacta con nuestro equipo asesor especializado en la Justificación de este tipo de subvenciones.
¿Qué documentación debes presentar para justificar la Subvención Cloud?
Para justificar los trabajos realizados con cargo a las ayudas para la realización del «Programa de Fomento de la Oferta de Soluciones de Computación en la Nube para Pequeñas y Medianas Empresas», el beneficiario deberá aportar una cuenta justificativa
1. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA INTERNA:
– Anexo VI – Memoria justificativa: La Memoria justificativa deberá realizarse de acuerdo a los contenidos recogidos en el Anexo VI. Se deberá presentar como un fichero adjunto a la justificación, preferentemente en formato PDF.
– Manual de usuario de la solución SaaS: Manual de usuario del resultado final del proyecto subvencionable que explique la navegación y uso de la solución, así como las funcionalidades objeto de la ayuda.
2. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA EXTERNA:
– Anexo IV – Informe de evaluación de la solución, de acuerdo a lo establecido en la base quinta.
– Anexo V – Informe de adecuación a una solución Software as a Service, de acuerdo a lo establecido en la base quinta.
3. JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
– Justificación de los costes asociados a los trabajos realizados. Se deberá elaborar siguiendo la plantilla que se facilitará a los beneficiarios, con el nombre «C-057/15-ED-Justificación_Coste_Proyecto.xlsx». Se presentará como fichero adjunto a la solicitud, en formato.xlsx.
– Anexo VII – Declaración responsable de personal. Se deberá redactar siguiendo la estructura incluida en el Anexo VII de esta Convocatoria. Se deberá presentar como un fichero adjunto a la solicitud, en formato PDF.
– Certificado original acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social fechado (o autorización a Red.es para obtenerlo de oficio).
– Certificado original acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias fechado (o autorización a Red.es para obtenerlo de oficio).
– Documentación justificativa de los gastos de subcontratación de servicios tecnológicos:
a. Copia digitalizada de las facturas originales emitidas por los proveedores al beneficiario que identifiquen claramente al beneficiario y a la presente convocatoria de ayudas, que se correspondan inequívocamente con el presupuesto subvencionable aprobado por Red.es, y que contemplen la siguiente información desglosada:
· Concepto facturado relativo a la actuación subvencionable recibida, así como la fecha de inicio y fin de prestación del servicio correspondiente a la actuación subvencionable.
· Coste de la actuación subvencionable. (+) C
· Impuestos indirectos aplicables sobre el coste de la actuación. (+) I
· Total a pagar. (C+I)
Se admitirán facturas con fecha desde el fin del plazo de solicitud y hasta el fin del plazo de justificación de la convocatoria, conforme a lo establecido en la base decimotercera.
Cuando el importe de cada gasto subvencionable, que forme parte de la partida de subcontratación, supere 18.000 euros (impuestos indirectos excluidos), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, para cada gasto subvencionable, con carácter previo a la contratación de la prestación del servicio, y elegir la más económica, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.
b. Copia digitalizada de los Justificantes del pago por parte del beneficiario: Extractos o certificaciones bancarias (original o equivalente) señalando los movimientos justificativos correspondientes al pago en cuestión en los que se refleje claramente el número de factura con el que se corresponden.
4. JUSTIFICACIÓN DE PERSONAL
a. Modelo 190 (Resumen Anual de Retenciones correspondientes al IRPF) o certificados de retención (entregados a los trabajadores para su declaración del IRPF).
b. Nóminas y justificantes de pago de todos los trabajadores de todos los meses del año en que se imputen horas de trabajo al proyecto.
c. Modelo 111 (Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF) y documento de pago de todos los trimestres del año en que se imputen gastos de personal. En caso de que este documento no se pueda presentar antes de finalizar el periodo de justificación por imposibilidad de obtenerlo en plazo, se podrá aportar en el periodo de subsanación de la justificación.
d. Modelos TC-2 de cotización de cuotas a la Seguridad Social de todos los meses en que se imputen horas de trabajo en los que se identifique debidamente y de manera legible a cada empleado.
e. Modelos TC-1 y documento de pago de todos los meses en que se imputen horas de trabajo al proyecto.
f. En aquellos casos en los que existe un convenio con la seguridad social por el que las cuotas a cargo de la empresa tienen cálculo particular, copia del convenio.
g. Para justificar la jornada laboral se aportará el Convenio colectivo de aplicación o, en su caso, el Expediente de Regulación de Empleo aplicable. En caso de no presentarse el Convenio o no indicarse expresamente la jornada laboral anual en el mismo, se aplicará una jornada laboral de 1.800 horas anuales.
h. Para justificar la jornada parcial o reducida se deberá aportar el documento Informe de Trabajadores en situación de Alta (ITA) y el contrato.
i. Anexo X – Certificado de la empresa por cada una de las personas que imputen gastos de personal en el proyecto, en el que se identifique claramente el trabajador, el rol que desempeña, la confirmación de que su currículum vitae cumple con los requisitos de dicho rol, el número de horas imputadas al proyecto efectivamente trabajadas mensualizadas y el listado de tareas que ha llevado a cabo, según Anexo X. Este certificado deberá estar firmado por el representante legal de la empresa y por el propio trabajador.
j. Currículum vitae de cada persona que impute gastos de personal que demuestre el cumplimiento de los requisitos de perfil establecidos en la Base SEXTA según el del rol desempeñado.
Para las solicitudes que tributen en Comunidades Autónomas que cuenten con un concierto económico que les permita tener unos modelos tributarios diferentes a los de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que se solicitan en este anexo, se permitirá que presenten en su lugar los documentos equivalentes en su territorio, siempre y cuando contengan la información necesaria para acreditar el requisito y se presenten en idioma castellano.