REINDUS 2020 – Subvenciones para la mejora de la competitividad industrial

TIPO DE AYUDA: 

Préstamo de hasta el 75% de la inversión, plazo de amortización de 10 años con tres de carencia y sin comisiones de ningún tipo.

FINALIDAD: 

La finalidad del programa es apoyar a las empresas industriales en la realización de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales y mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, así como la implementación de tecnologías de Industria conectada 4.0.

PERIODO DE EJECUCIÓN: 

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse en un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión. 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Hasta el 6 de agosto de 2020
 

PRESUPUESTO PERMITIDO POR PROYECTO:

Desde 100.000€ a 800.000€

CONCEPTOS FINANCIABLES

  • Obra civil: urbanización y canalizaciones (excluidos los terrenos)
  • Edificaciones: adquisición o construcción
  • Aparatos, Equipos, Instalaciones y Maquinaria
  • Gastos de ingeniería (solo para ampliaciones y modernizaciones, no para nuevos establecimientos ni traslados)

BENEFICIARIOS

Cualquier empresa, sea o no pyme, constituida antes de solicitar la ayuda. Aunque la empresa no esté incluida en un CNAE industrial (sección C, divisiones 10 a 32 (CNAE 2009)), podrá solicitar la ayuda siempre y cuando vaya a realizar una inversión industrial.

IMPACTO ESPERADO

Las condiciones de los préstamos a conceder son las siguientes: El Aval tendrá que ser del 20%, que deberá mantenerse hasta que la empresa justifique las inversiones, y sea auditada. Los préstamos serán como máximo del 75% del presupuesto presentado por la empresa. Plazo de amortización máximo: 6 años. Carencia máxima: 3 años. Tipo de interés de aplicación en función del tipo de bº Adicionalmente, el importe global del préstamo a conceder por beneficiario no superará: – 800.000€. – El doble de los costes salariales anuales del beneficiario (incluidas las cargar sociales y el coste del personal que trabaje en el recinto de la empresa, y que figure formalmente en la nómina de un subcontratista) correspondientes al año 2019, o al último año disponible. – El 25% del volumen de negocios total del beneficiario en el ejercicio de 2019.

ALCANCE

Podrán ser objeto de apoyo financiero las inversiones industriales de las siguientes tipologías: a) Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional. b) Traslado de establecimientos industriales: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional. c) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de equipos que permitan la modernización de líneas de producción existentes o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya estén en producción en el momento de la solicitud. d) Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0”: realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya estén en producción en el momento de la solicitud, para: 1º La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) de los procesos de producción que, al menos, genere una línea de producción completa. 2º La fabricación de los sistemas definidos en el anterior punto. 3º La implementación de infraestructuras físicas de red para la conectividad digital de los procesos de producción, que avancen hacia el concepto de “Internet de las Cosas”. Podrán ser beneficiarias las sociedades con personalidad jurídica propia, afectadas por perjuicios económicos surgidos a raíz del brote de la COVID-19, legalmente constituidas en España, que desarrollen una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público. Asimismo, también serán beneficiarias las sociedades con personalidad jurídica, legalmente constituidas en España, que no formen parte del sector público, y desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera).

RESULTADOS 2018

En el año 2018 se presentaron 601 proyectos para optar a las ayudas para la reindustrialización a través de este plan.

Las solicitudes presentadas ascendieron a 1.215 millones de euros, con lo que está asegurado que se ejecutarán los 400 millones de presupuesto del plan para 2018.

Por Comunidades Autónomas, la Comunidad Valenciana fue donde mayor número de proyectos aprobaron con un total de 58, le sigue Cataluña con 32 proyectos, Andalucía con un total de 29 proyectos, el País Vasco con 21 proyectos, la Comunidad de Madrid con 20 proyectos aprobados en 2017, Aragón con 12 proyectos y el resto de proyectos pertenecen a las otras comunidades.

Si su empresa se dispone a embarcarse en un nuevo proyecto de estas características y desea obtener financiación pública, introduzca los datos de su proyecto y evaluaremos su potencial sin ningún compromiso.

 
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