Novedades KIT DIGITAL

Se ha publicado en el BOE la orden ETD/734/2022 por la que se pulen algunos detalles que en estos meses se han detectado y que viene a dar respuesta a algunas de las principales demandas que reclamaban una mejora en la definición de los plazos de ejecución, justificación y pago, o algunas soluciones que no se recogían dentro de categorías subvencionables.

Nuevas Categorías.

1. Presencia Avanzada en Internet.

Importe: Hasta 2.000,00€ en todos los segmentos, (según rectificación de Red.es solo se aplicara en segmentos II y III)

Funcionalidades:

  • Posicionamiento básico en internet: Posicionamiento de la información básica del negocio, contacto y perfil de la empresa en los principales sites, redes de negocio o directorios de empresas y profesionales.
  • Análisis de palabras clave: Gestión, búsqueda y análisis de palabras clave con el fin de desarrollar estrategias útiles para que los buscadores clasifiquen el contenido y ayuden a los usuarios a encontrar resultados relevantes para sus consultas. 
  • Análisis de la competencia: Se deberá realizar un análisis de la competencia mensualmente para informar a las empresas beneficiarias de su situación frente a los competidores.
  • SEO On-Page: La solución deberá ofrecer un servicio mínimo de dos (2) páginas o apartados SEO On-Page, optimizando la estructura y el contenido interno para mejorar la posición natural de la pyme en buscadores, así como la indexación y jerarquización del contenido.
  • SEO Off-Page: La solución deberá proveer este servicio, que conllevará la ejecución de acciones fuera del entorno del sitio web para mejorar su posicionamiento orgánico.
  • Informes mensuales de seguimiento: Se deberá reportar el resultado de las acciones ejecutadas para generar consciencia de

2. Marketplace.

Importe: Importe: Hasta 2.000,00€ en todos los segmentos

Funcionalidades:

  • Estudio previo de alternativas y alta en la plataforma: Apertura de cuenta y alta del perfil del Beneficiario, por su cuenta, en, al menos, una (1) plataforma de Marketplace y en, al menos, un (1) país.
  • Análisis de la competencia: Realización de una investigación de mercado focalizada en las características de los competidores para mejorar el proceso de toma de decisiones y alcanzar una posición competitiva.
  • Diseño y definición de la estrategia de negocio: Generación de la estrategia de negocio para lograr la consecución de los objetivos deseados orientando los recursos disponibles hacia dicha finalidad.
  • Producción del catálogo de referencias: Análisis de las categorías a comercializar para seleccionar, al menos, diez (10) productos alineados con la estrategia de negocio, salvo que el Beneficiario no disponga de este número, en cuyo caso podrá ser menor.
  • Creación del contenido del listing: Definición de, al menos, diez (10) descripciones del catálogo de referencias, salvo que el Beneficiario no disponga de este número, en cuyo caso podrá ser menor.
  • Alta de referencias: Carga de, al menos, diez (10) referencias, y sus respectivas descripciones y fotografías, en la plataforma, salvo que el Beneficiario no disponga de este número, en cuyo caso podrá ser menor, acompañada por la descripción y fotografía individual de cada producto.

NUEVOS IMPORTES MÁXIMOS SUBVENCIONABLES EN 2 CATEGORÍAS:

1. Gestión de procesos.

  • Segmento I: Se mantiene en 6.000€
  • Segmento II: Se incrementa de 2.000€ a 3.000€
  • Segmento III: Se mantiene en 2.000€

2. Factura electrónica.

Segmento I: Se incrementa de 1.000€ a 2.000€
Segmento II: Se incrementa de 1.000€ a 2.000€
Segmento III: Se incrementa de 500€ a 1.000€

Quedando el cuadro de importes máximos a subvencionar de la siguiente forma:

image - Novedades KIT DIGITAL

NOVEDADES EN 3 CATEGORÍAS

1. Gestión de procesos.

Se modifican las horas mínimas de parametrización:

  • Segmento I: Se mantiene en 60 horas.
  • Segmento II: Baja de 45 horas a 20 horas.
  • Segmento III: Baja de 45 horas a 15 horas.

Como novedad en esta categoría, la de Gestión de Procesos, también añade que se permite la incorporación de nuevos módulos individuales.

2. Sitio Web.

Solo será obligatorio dar de alta un nuevo dominio en el caso de que el beneficiario no disponga de un dominio previamente.

3. Factura electrónica.

Se añaden mas funcionalidades obligatorias:

  • Envío y recepción de facturas: La solución deberá ser capaz de enviar y recibir facturas electrónicas directamente, al menos por correo electrónico.
  • Generación de un registro de facturación: de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura, en un formato estandarizado y garantizando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los datos que componen dicho registro de facturación
  • Emisión de facturas verificables: La solución deberá emitir facturas, tanto en papel como en soporte electrónico, que incluyan los elementos necesarios para su verificación contra la Agencia Tributaria por parte del comprador.
  • Verificación presencial: La solución deberá permitir la verificación presencial del registro de facturación por parte de las autoridades competentes.
  • Declaración responsable: La solución deberá disponer de una declaración responsable por parte del fabricante o desarrollador acreditando que el software cumple con la normativa tributaria vigente.

HARDWARE.

Serán subvencionables, como parte de una solución de digitalización, dispositivos que se incluyan en la modalidad de pago por uso, cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos que los de prestar esta solución.

BENEFICIARIOS.

Se añade como beneficiarios a sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, aunque tendrán convocatorias específicas.

PLAZOS

  • La presentación de la primera justificación no será de un plazo de tres meses desde la emisión de la factura, sino de un máximo de 6 meses desde la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Para la segunda justificación, se mantiene el plazo de tres meses desde la finalización del servicio.
  • Respecto al pago de la factura de la parte correspondiente al importe no subvencionado por parte de la pyme al Agente Digitalizador, se deberá acreditar en el plazo de justificación anterior y elimina la obligación de abonar dicho importe en el plazo de tres meses desde la firma del acuerdo.
  • La Administración se compromete a realizar el pago del Bono al Agente Digitalizador en el plazo de tres meses desde la comprobación de la justificación.
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