Incentivos Económicos Regionales Islas Canarias

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Los Incentivos Económicos Regionales son la ayuda del Estado a la inversión productiva en las zonas de promoción económica. Esta página recoge las condiciones en las Islas Canarias.

Estado: ventanilla abierta todo el año. Los Incentivos Regionales no tienen plazo de convocatoria: se pueden solicitar en cualquier momento mientras estén vigentes las zonas de promoción económica, delimitadas hasta el 31 de diciembre de 2027. Cómo se solicita.

OBJETO

Estas ayudas y subvenciones de Incentivos Económicos Regionales en las Islas Canarias van dirigidas a proyectos con una inversión aprobada mínima de 300.000 € en Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 € en el resto de islas (artículo 8.1 del Real Decreto 169/2008). Al objeto de fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia las zonas con menor nivel de desarrollo, zonas industriales en declive y zonas especialmente determinadas, la Ley 50/85 establece los siguientes incentivos regionales:
  • Subvención a fondo perdido sobre la inversión en activos fijos aprobada.
  • Subvención de intereses sobre préstamos que el solicitante obtenga de las Entidades financieras.
  • Subvención para amortización de los préstamos a los que se hace referencia
  • Cualquier combinación de las subvenciones anteriores
  • Bonificación de la cuota empresarial por contingencias comunes de la Seguridad Social durante un número máximo de años

En esta zona solo se concede la subvención a fondo perdido sobre la inversión aprobada (artículo 6 del Real Decreto 169/2008).

ZONAS DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

Las zonas de promoción económica de CANARIAS queda de la siguiente forma con relación a los porcentajes máximos de ayuda:
  • Período del 01/01/2024 al 31/12/2027: 60% grandes empresas, 70% medianas empresas y 80% pequeñas empresas.
  • En el caso de proyectos con una inversión aprobada mayor a 50 M€, los porcentajes máximos se fijarán conforme a lo establecido para los grandes proyectos de inversión en las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2022-2027.

La subvención no puede superar en ningún caso el 50 % de los costes subvencionables (artículo 11.2 del Real Decreto 169/2008).

TIPOS Y DIMENSIÓN MÍNIMA DE LOS PROYECTOS

A continuación se definen los diferentes tipos de proyectos, así como la dimensión mínima que deben de tener para ser susceptibles de promoción:
  • Proyectos de creación de nuevos establecimientos: con una inversión aprobada mínima de 300.000 € en Tenerife y Gran Canaria y 100.000 € en el resto de islas y que además se generen nuevos puestos de trabajo.
  • Proyectos de ampliación: con una inversión significativa en relación al inmovilizado material del establecimiento, y en todo caso igual o superior a 300.000 € en Tenerife y Gran Canaria y a 100.000 € en el resto de islas, y que se generen nuevos puestos de trabajo, manteniendo los actuales.
  • Proyectos de modernización: con una inversión significativa en relación al inmovilizado material del establecimiento, y en todo caso igual o superior a 300.000 € en Tenerife y Gran Canaria y a 100.000 € en el resto de islas. Además, es requisito el mantenimiento de los puestos de trabajo actuales.
“Dado el caso de no alcanzar la inversión mínima de tu isla cabría la posibilidad que acogerse a otra línea de subvenciones»

GASTOS SUBVENCIONABLES

Podrán ser objeto de incentivación los siguientes conceptos de inversión:
  • Obra civil: traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto.
  • Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental, y otros bienes de equipo ligados al proyecto
  • Estudios previos del proyecto: en el caso de las PYMES, hasta el 50% de los costes de los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos
  • Activos inmateriales: siempre y cuando no excedan el 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran a condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
  • Otros conceptos, excepcionalmente.

REQUISITOS

Además es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
  • Ser viable técnica, económica y financieramente.
  • Autofinanciarse al menos un 25% de su inversión aprobada.
  • No haber iniciado la inversión antes de solicitar los Incentivos Regionales: cuándo se puede empezar la inversión.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Ahora bien en función de lo expuesto anteriormente y puesto que de los datos de la inversión prevista están por definir, va a ser difícil cuantificar la subvención que se podrá obtener, si bien vamos a exponer la incidencia que cada componente: inversión y empleo, tienen sobre la subvención a obtener. La subvención se estructura en dos componentes básicos:
  1. Por creación de empleo (dato que desconocemos)
  2. Por cumplir los requisitos del Real Decreto 169/2008.

NORMATIVA OFICIAL

Real Decreto 622_2022 Modificacion RD Zona promocion Canarias.(pdf)
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